La Góndola · Guía
Bolsas plásticas y Ley 19.655: por qué se cobran y cuáles valen
Revisada el 07/10/2026.

Las bolsas plásticas se cobran desde el 30 de junio de 2019 por la Ley 19.655 y su decreto reglamentario, que buscan reducir su impacto ambiental. Las bolsas plásticas autorizadas tienen que estar certificadas y llevar un logo impreso. Las de papel o cartón se pueden dar gratis, y las que tocan directamente el alimento, como las del fiambre, también están permitidas.
Por qué se cobran
La idea de la Ley 19.655 (promulgada el 17/08/2018) es que usemos menos bolsas de plástico y que las que se usen contaminen menos. Por eso deja afuera del mercado a las bolsas que no son compostables ni biodegradables, salvo las excepciones que ella misma prevé, y le da al Poder Ejecutivo la potestad de obligar a cobrarlas. Cobrar la bolsa es la herramienta para que la pienses dos veces antes de pedirla.
El Decreto 3/019 (07/01/2019) puso esa obligación en marcha: desde el 30 de junio de 2019 las bolsas autorizadas ya no pueden regalarse al cliente final (artículos 13 y 19). El Decreto 109/021 (09/04/2021) modificó después algunos artículos, entre ellos el espesor de las bolsas recicladas, que pasó a 70 micrómetros o más (IMPO). Las citas textuales de la ley y del decreto, con el precio mínimo, están en comprar a granel y en los súper del Centro.
Qué bolsas están permitidas
Según las preguntas frecuentes del Ministerio de Ambiente (24/07/2020), las bolsas autorizadas tienen que llevar impreso el nombre del fabricante o importador, el país de origen, el número de lote, la fecha de fabricación y un logo de certificación de al menos 4 por 3,5 centímetros. El ministerio menciona estos tipos:
- Bolsas biodegradables o compostables certificadas.
- Bolsas de plástico reciclado de 70 micrómetros o más (estas también se cobran, según el artículo 13 del decreto).
- Rollos para frutas y verduras de 15 micrómetros o menos.
- Bolsas reutilizables de tela o TNT de 60 gramos por metro cuadrado o más.
El decreto exige además que el fabricante o importador tenga un certificado de conformidad de una entidad certificadora acreditada (artículo 7).
Las que no se cobran o tienen otro trato
- Papel y cartón. El ministerio dice que "Las bolsas de papel o cartón están permitidas y pueden entregarse gratuitamente" (Ministerio de Ambiente).
- Fiambres, carne y pescado. Las bolsas de envasado de fiambres están permitidas por estar en contacto directo con el alimento, según el ministerio. El decreto deja fuera de esas reglas a las bolsas sin asas en contacto directo con alimentos, salvo las de frutas y verduras, y a las transparentes sin asas que tocan directamente carnes y pescados (artículos 3 y 4).
- Rollo de frutas y verduras. El decreto trata aparte las bolsas rollo de 15 micrómetros o menos, rectangulares y sin asas.
Alternativas para llevar la compra
Estas ideas son nuestras:
- Bolsa reutilizable de tela o rafia, guardada en la mochila o en el auto.
- Changuito o carro de compras para la compra grande a pie.
- Cajas de cartón si el súper las tiene disponibles.
- Bolsa térmica para congelados y lácteos: lo explicamos en la cadena de frío al volver del súper.
- Frascos y bolsas propias para lo suelto, si el comercio lo acepta: lo contamos en comprar a granel.
Lavá las bolsas reutilizables cada tanto, sobre todo si llevaron carne cruda: es un consejo nuestro de higiene. Para planificar la compra y no comprar de más, mirá cómo no desperdiciar comida.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se cobran las bolsas en Uruguay?
Desde el 30 de junio de 2019, según el artículo 19 del Decreto 3/019 que reglamenta la Ley 19.655.
¿Las bolsas de papel se cobran?
No necesariamente: el Ministerio de Ambiente dice que pueden entregarse gratuitamente.
¿Cómo sé si una bolsa está autorizada?
Tiene que llevar impreso un logo de certificación, el fabricante, el país, el lote y la fecha, según el Ministerio de Ambiente.
¿La bolsa del fiambre está permitida?
Sí, por estar en contacto directo con el alimento, según el Ministerio de Ambiente.